CIRCULAR INFORMATIVA — Septiembre 2026
Asunto: Nuevas medidas laborales y de Seguridad Social para empresas y autónomos de Ceuta

El Real Decreto-ley 22/2026, de 1 de septiembre, pone en marcha un paquete de medidas laborales y de Seguridad Social para Ceuta dirigido a empresas y autónomos afectados por los sucesos del pasado julio. La norma, en vigor desde el 3 de septiembre de 2026, contempla la calificación automática de fuerza mayor para los ERTE, una exención del 100% en la cotización empresarial, bonificaciones del 75% a la contratación y a los autónomos, una prestación extraordinaria por cese de actividad y el aplazamiento de cuotas hasta enero de 2027. Te contamos los puntos clave que debe conocer tu empresa.

1. Antecedentes

El pasado 2 de septiembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 22/2026, de 1 de septiembre, por el que se aprueban medidas urgentes de carácter social y económico de apoyo a la ciudad de Ceuta, en vigor desde el 3 de septiembre de 2026. La norma responde a la situación excepcional generada por los sucesos de entrada irregular de personas migrantes registrados los días 30 y 31 de julio de 2026 y sus consecuencias sobre el tejido económico y el empleo en la ciudad.

A continuación se resumen los aspectos laborales y de Seguridad Social de mayor interés para las empresas y personas autónomas con actividad en Ceuta.

2. ERTE por fuerza mayor y protección por desempleo

  • Calificación como fuerza mayor: las suspensiones de contratos y reducciones de jornada motivadas directa o indirectamente por los sucesos sucesos acaecidos en Ceuta a partir del 30 de julio de 2026 se consideran derivadas de fuerza mayor (art. 47.5 y 6 ET). La medida es aplicable hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • Tramitación ágil: el informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social pasa a ser potestativo para la autoridad laboral, sin perjuicio de su comprobación posterior.
  • Prestación por desempleo reforzada: no se exige periodo de carencia, su percepción no consume cotizaciones previas y la cuantía se fija en el 70 % de la base reguladora.

3. Exención en la cotización durante el ERTE

Las empresas con centro de cotización en Ceuta que tengan autorizado un ERTE por fuerza mayor podrán aplicar una exención del 100 % de la aportación empresarial por contingencias comunes, contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta, respecto de las personas trabajadoras afectadas y por los periodos suspendidos o reducidos. La exención alcanza a las cuotas devengadas entre septiembre y diciembre de 2026.

4. Bonificaciones en las cuotas de empresas y autónomos

  • Autónomos (RETA) en Ceuta y Melilla: la bonificación de la cuota por contingencias comunes se eleva del 50 % al 75 % para quienes residan y ejerzan su actividad en agricultura y pesca, industria (excepto energía y agua), comercio, turismo, hostelería y resto de servicios (con exclusiones para transporte aéreo, actividades financieras/aseguradoras e inmobiliarias). Efectos desde las cuotas devengadas a partir del 1 de octubre de 2026.
  • Contratación indefinida y contratos de sustitución por IT: la bonificación aplicable a empresas de determinados sectores de Ceuta y Melilla también se eleva del 50 % al 75 %, sobre las aportaciones por contingencias comunes y los conceptos de recaudación conjunta de desempleo, formación profesional y FOGASA, durante toda la vigencia del contrato. Efectos desde las cuotas devengadas a partir del 1 de septiembre de 2026. Quedan excluidas la Administración pública y el sector público.
  • Formación: se habilitan 650.000 € en subvenciones, a través del SEPE, para programas de formación en Ceuta dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas.

5. Prestación extraordinaria por cese de actividad de autónomos

Se crea una prestación extraordinaria para autónomos (RETA, Régimen Especial de Trabajadores del Mar o Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios) con domicilio de residencia o actividad en Ceuta que:

  • Cesen total o parcialmente, temporal o definitivamente, en su actividad.
  • Sufran una reducción de ingresos mensuales de al menos el 50 % respecto al promedio mensual del último ejercicio cerrado, sin superar en el periodo el salario mínimo interprofesional o su base de cotización, si fuera inferior.

La cuantía equivale al 70 % de la base reguladora, con una duración máxima de cuatro meses, efectos desde el 1 de agosto de 2026 (o desde el cese efectivo) y sin exigencia inicial de acreditación de la caída de ingresos. Es inembargable y no consume los periodos máximos de la prestación ordinaria por cese de actividad.

6. Aplazamiento extraordinario de cuotas a la Seguridad Social

Podrán solicitarlo las empresas con centro de cotización en Ceuta y las personas trabajadoras por cuenta propia con domicilio de residencia o actividad en la ciudad, cualquiera que sea su régimen, siempre que estén al corriente de pago y no tengan otro aplazamiento vigente.

  • Empresas y autónomos del Régimen Especial de Trabajadores del Mar: cuotas devengadas de septiembre a diciembre de 2026.
  • Resto de autónomos: cuotas devengadas de octubre de 2026 a enero de 2027.
  • Tipo de interés reducido del 0,5 %, amortización en 4 meses por cada mensualidad aplazada (máximo 16 mensualidades) y consideración de «al corriente de pago» desde la solicitud hasta la resolución.

La solicitud debe presentarse dentro de los diez primeros días naturales del plazo reglamentario de ingreso correspondiente.

7. Recomendaciones

  • Revisar si la actividad de la empresa o del autónomo se ha visto afectada, directa o indirectamente, por los sucesos del 30 y 31 de julio de 2026.
  • Valorar la tramitación de un ERTE por fuerza mayor antes del 31 de diciembre de 2026 si procede.
  • Comprobar los requisitos y plazos de la prestación extraordinaria por cese de actividad y del aplazamiento de cuotas.

Esta circular tiene carácter meramente informativo y no sustituye el asesoramiento jurídico o laboral individualizado. Para más información y ante cualquier duda sobre la aplicación práctica de estas medidas pueden dirigirse al área laboral de Acountax.

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