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Resumen de contenido

  • Nuevas medidas para ayudas a la contratación laboral
    • Incentivos para la contratación en contratos indefinidos
    • Ayudas para contratos bonificados

Nuevas medidas para ayudas a la contratación laboral

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, a propuesta del Ministerio de Trabajo, el Real Decreto-Ley de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral. Algunas de estas novedades son:

  • Creación de nuevos incentivos para contratar a jóvenes poco cualificados y se refuerzan los que disfrutan las empresas por contratar personas en riesgo de exclusión.
  • Ayudas están condicionadas a que la empresa mantenga al menos durante tres años el contrato bonificado.

 

Incentivos para la contratación en contratos indefinidos

Los incentivos a la contratación se focalizan en los contratos indefinidos celebrados con personas de atención prioritaria, así como en la transformación de determinados contratos temporales en indefinidos. Además, los incentivos priorizarán las jornadas completas. Básicamente, las bonificaciones desaparecerán o serán menos cuantiosas si el contrato es temporal o parcial. No se incentivan las jornadas parciales inferiores al 50% de la jornada a tiempo completo de una persona trabajadora, salvo en los supuestos de permisos por conciliación.

Entre las medidas aprobadas, aumenta la bonificación prevista para la contratación indefinida de personas en exclusión social (pasa de 55 euros al mes a 128 euros); también la de mujeres desempleadas de larga duración (en vez de 110 euros, 128 euros) y se extiende a personas mayores de 45 años; y se favorece la transformación de los contratos formativos en indefinidos.

Además, al igual que se hace con la bonificación por transformación del contrato de relevo, se elimina de la norma que sólo puedan beneficiarse de esta bonificación las empresas con menos de 50 trabajadores en alta, como sucede actualmente.

Las bonificaciones previstas en la actualidad por la formación en alternancia, permiten financiar tanto costes de formación como costes de tutorización en la empresa, limitando los primeros a la actividad formativa que, vinculada al citado contrato, se realice en el ámbito laboral. En cambio, la bonificación por costes de tutorización sería aplicable a todas las empresas.

 

 

 

Ayudas para contratos bonificados

Otras novedades reseñables respecto a la norma anterior son: Las empresas que firmen contratos bonificados estarán obligadas a mantener al trabajador al menos tres años. Además, se bonifica la contratación indefinida de jóvenes con beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (bonificación de 275 euros al mes durante tres años); y también se favorece la transformación en fijos discontinuos de contratos temporales suscritos en el sector  en el sector agrícola. Para ello, esta transformación de un contrato temporal en un fijo discontinuo dará derecho, durante los tres años siguientes, a una bonificación en la cotización de 55 euros por mes. En el caso de las mujeres, la cifra se eleva hasta los 73 euros por mes.

Con carácter general, las cuantías de las bonificaciones a la contratación se han determinado en función de una cuota de referencia igual para todos los grupos de cotización.

El decreto también establece una bonificación para las empresas que readmitan a los trabajadores que hayan cesado en su puesto de trabajo por incapacidad permanente total o absoluta. Estos incentivos también se aplicarán en los supuestos de personas mayores de 55 años con incapacidad permanente reincorporadas a su empresa en otra categoría, así como de personas mayores de esa edad que recuperan su capacidad y pudieran ser contratadas por otra empresa.

Por otro lado, la nueva norma aprobada por el Consejo de Ministros establece que las empresas que deslocalicen su actividad fuera de la Unión Europea tendrán que devolver todas las bonificaciones a la Seguridad Social realizadas durante los cuatro años inmediatamente anteriores, así como las subvenciones recibidas. Asimismo, el real decreto ley incluye la posibilidad de que la negociación colectiva sea un criterio a tener en cuenta para la contratación pública.

 

 

 

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