Real Decreto 1026/2024: Medidas para la Igualdad y No Discriminación LGTBI en las Empresas – Protocolo y Obligaciones Empresariales
26 diciembre, 2024Reformas del nuevo reglamento de extranjería en España: adaptación a la realidad migratoria y laboral
7 enero, 2025Cambios Laborales en 2025: Reducción de Jornada, Estatuto del Becario y Subida del SMI
NOVEDADES LABORALES EN EL AÑO 2025
REDUCCIÓN DE JORNADA
El Proyecto de Ley de Reducción de Jornada laboral a 37,5 horas semanales está previsto que entre en vigor el 1 de enero de 2025. A partir de esta fecha, pasaremos de las actuales 40 horas a 37,5 horas en promedio anual.
Las empresas deben comenzar desde ya a prepararse para su implementación y a protegerse de las posibles sanciones por su incumplimiento.
Esta iniciativa lleva aparejada una normativa más estricta sobre el registro horario en las empresas y la desconexión digital de los trabajadores. En qué consiste cada una de estas novedades:
Registro horario, a través del Real Decreto Ley 8/2019 se establecen los criterios para el Registro horario de los Trabajadores. Conforme a esta normativa, el registro horario obliga a las empresas a:
1º implantar un registro de horario de inicio y fin de la jornada laboral.
2º debe ser guardada esta información durante cuatro años.
3º toda esta información tendrá que estar a disposición de los trabajadores, sus representantes e Inspección de Trabajo.
Desconexión Digital, en España se regula a través de dos leyes, Ley del Teletrabajo 10/2021 y la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. A través de esta regulación lo que se pretende es proteger a los trabajadores del exceso de trabajo digital y promover un equilibrio entre la vida personal y profesional.
La falta de cumplimiento de la política de desconexión digital puede dar lugar a infracciones muy graves. La ITSS (Inspección de Trabajo y Seguridad Social) puede proponer un acta de infracción sancionable, según su gravedad, con multas que oscilan entre 751 y 225.018 euros. Para más información en este enlace encontraréis más información Derecho a la Desconexión Digital: Cómo Regular el Teletrabajo y Proteger la Privacidad Laboral.
La reducción de la jornada laboral es un significativo cambio que afectará a todas las empresas, independientemente de su tamaño o sector. Tendrá tanto beneficios como supondrá un gran reto para las empresas, que:
a) deberán invertir en tecnología.
b) posicionarse como innovadoras.
c) socialmente responsables, posicionándose con una reputación empresarial.
ESTATUTO DE LOS BECARIOS
El Proyecto de Ley del Estatuto del Becario, se espera que se apruebe entre finales de este año 2024 y principios del año 2025. Regulado en el RDL 32/2021, tiene como objetivo regular la formación práctica tutorizada en empresas y organismos, así como las prácticas curriculares y extracurriculares de los estudiantes. Este marco normativo establece que las becas deben tener una finalidad formativa y no pueden ser consideradas como una relación laboral, a menos que se cumplan ciertas condiciones que indiquen lo contrario.
El Estatuto del Becario está previsto para regular la formación práctica tutorizada en empresas u organismos equiparados, así como la actividad formativa desarrollada en el marco de las prácticas curriculares o extracurriculares. Este marco normativo busca establecer las condiciones de validez y el objeto del contrato de trabajo, excluyendo las relaciones laborales que no se ajusten a la finalidad formativa de la beca. La jurisprudencia ha señalado que la actividad del becario debe tener un carácter formativo y no debe confundirse con una relación laboral, ya que el becario no se considera un trabajador en el sentido estricto de la ley.
Recomendaciones para las entidades:
1º Es recomendable que las entidades regulen claramente en un convenio o acuerdo las condiciones de la beca, incluyendo la duración, el contenido formativo y la supervisión por parte de un tutor, para evitar confusiones sobre la naturaleza de la relación.
2º Las entidades deben asegurarse de que los becarios estén debidamente informados sobre sus derechos y deberes, así como sobre la naturaleza de la beca, para evitar malentendidos y posibles reclamaciones futuras.
3º Es recomendable que las entidades mantengan una comunicación constante con los becarios y realicen evaluaciones periódicas de su progreso formativo, asegurando que se cumplan los objetivos establecidos en el plan de formación.
SUBIDA DEL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL
Este nuevo año traerá la subida del Salario Mínimo Interprofesional, pero aún se sigue negociando entre los agentes sociales. Aunque no hay fecha oficial ni plan, esta subida se realizará en los próximos meses. Se hará esperar hasta el tercer o cuarto mes del año, siempre y cuando se cumplan los plazos estimados por el Ministerio de Trabajo.
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es la cantidad mínima de retribución que un empleador está legalmente obligado a pagar a un trabajador trabajando la jornada completa. Se trata de un indicador diseñado para garantizar un nivel básico de ingresos a los trabajadores, protegiéndolos ante la subida de los precios y los salarios demasiado bajos.
Actualmente se encuentra en 1.134 euros brutos, en 14 pagas.
Virginia Arranz, Abogada del Área Laboral
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