Nuevas restricciones a las llamadas comerciales: ¿Qué implica la Orden TDF/149/2025?

Nuevas restricciones a las llamadas comerciales: ¿Qué implica la Orden TDF/149/2025?

El pasado 7 de junio entró en vigor la Orden TDF/149/2025, una medida impulsada por el Gobierno de España para regular las llamadas comerciales realizadas por las empresas. Esta nueva normativa supone un importante avance en la protección de los consumidores frente al spam telefónico y los intentos de estafa, y tiene implicaciones directas para todas las organizaciones que utilizan canales telefónicos para contactar con potenciales clientes.

¿Qué establece la nueva normativa?

A partir de ahora, queda prohibido realizar llamadas comerciales desde números móviles. Las empresas solo podrán hacer uso de:

  • Numeración geográfica (prefijos provinciales).

  • Numeración atribuida específicamente a comunicaciones comerciales.

  • Números gratuitos 800 y 900.

  • Números cortos identificables asociados a servicios de atención al cliente (como el 1004 de Telefónica).

Además, se pretende que los dispositivos móviles y las operadoras puedan identificar claramente estas llamadas para que el usuario reciba un aviso de que se trata de una llamada con fines comerciales. Esto facilita su bloqueo automático o rechazo por parte del usuario.

¿Se prohíben por completo las llamadas no deseadas?

No del todo. La normativa introduce límites, pero existen excepciones:

  1. Consentimiento previo del usuario: si el usuario ha aceptado en el contrato recibir llamadas, la empresa puede contactarlo.

  2. Interés legítimo de la empresa: en algunos casos, se puede justificar la llamada bajo este criterio, aunque debe ser ponderado adecuadamente para no vulnerar derechos.

Por tanto, aunque la medida no elimina completamente las llamadas comerciales, sí las reduce y las canaliza a través de vías legítimas y fácilmente identificables, incrementando la transparencia y la confianza.

¿Qué consecuencias tiene el incumplimiento?

Las empresas que no respeten estas restricciones pueden enfrentarse a sanciones por parte de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), conforme a lo establecido en la Ley General de Telecomunicaciones y el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Las multas pueden variar en función de la gravedad de la infracción, pero pueden alcanzar hasta los 20 millones de euros o el 4% de la facturación anual global, en el caso de infracciones muy graves.

Recomendaciones para las empresas

Desde nuestro despacho recomendamos a las organizaciones:

  • Revisar sus estrategias de telemarketing y canales de contacto.

  • Verificar que los números utilizados cumplen con la nueva normativa.

  • Actualizar los contratos y políticas de privacidad para reflejar el consentimiento de los usuarios.

  • Formar al personal comercial y de atención al cliente sobre estos cambios.

¿Necesitas una revisión de tus protocolos de contacto comercial o el diseño de cláusulas de consentimiento claras y conformes a la ley? En Acountax te ayudamos a garantizar que tu empresa actúe siempre con seguridad jurídica y de acuerdo con la normativa vigente.

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