Las organizaciones del tercer sector desempeñan una función esencial en nuestra sociedad. Fundaciones, asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro desarrollan actividades de interés general en ámbitos tan diversos como la acción social, la cooperación internacional, la investigación, la educación, la cultura o la protección del patrimonio. Sin embargo, el entorno jurídico en el que operan ha evolucionado de forma significativa durante los últimos años.
La creciente complejidad normativa, el incremento de las exigencias de transparencia por parte de las Administraciones Públicas y de los financiadores, la transformación digital y la necesidad de reforzar la confianza de la sociedad han configurado un nuevo modelo de gestión para estas organizaciones. Hoy ya no basta con perseguir fines de interés general: resulta imprescindible acreditar una gestión responsable, transparente y alineada con los principios de buen gobierno y cumplimiento normativo.
Esta evolución responde, además, a una realidad cada vez más evidente. Las organizaciones del tercer sector administran recursos públicos y privados, gestionan información especialmente sensible y desarrollan actividades que exigen elevados niveles de responsabilidad institucional. Todo ello ha propiciado que la gobernanza, el compliance y la transparencia hayan dejado de ser conceptos independientes para convertirse en elementos estrechamente vinculados dentro de una misma estrategia de gestión.
El marco regulatorio refleja claramente esta transformación. En función de la naturaleza jurídica de cada entidad, continúan siendo normas de referencia la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, que establecen el régimen básico de organización, funcionamiento y responsabilidad de sus órganos de gobierno. A estas disposiciones se suma la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, que impone obligaciones de publicidad activa a determinadas entidades privadas cuando concurren los requisitos previstos en su artículo 3, especialmente cuando reciben financiación pública.
No obstante, la realidad jurídica actual es mucho más amplia. Las organizaciones del tercer sector deben integrar también en su gestión obligaciones derivadas del Reglamento (UE) 2016/679, General de Protección de Datos (RGPD), de la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, así como del Reglamento (UE) 2024/1689, de 13 de junio de 2024, por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial (AI Act), cuya aplicación progresiva obligará a revisar el uso de herramientas basadas en inteligencia artificial en numerosos procesos internos. Este conjunto normativo evidencia que la gestión de estas entidades exige una visión integral del cumplimiento normativo que trasciende ampliamente el derecho fundacional o asociativo tradicional.
En este contexto, la transparencia ha dejado de identificarse exclusivamente con la publicación de determinada información exigida por la ley para convertirse en un auténtico factor de confianza institucional. Donantes, financiadores, Administraciones Públicas, voluntarios y beneficiarios demandan cada vez mayor información sobre la utilización de los recursos, la composición de los órganos de gobierno, los procesos de toma de decisiones, la ejecución de los proyectos y los mecanismos de control interno existentes. La rendición de cuentas constituye hoy un elemento inseparable de la legitimidad de cualquier organización que gestione recursos destinados a fines de interés general.
Esta evolución también ha modificado el concepto de gobernanza. Los patronatos y juntas directivas ya no desempeñan únicamente funciones de representación o administración, sino que asumen un papel esencial en la supervisión de riesgos, el control interno, la planificación estratégica y el cumplimiento normativo. Una adecuada gobernanza requiere delimitar claramente las funciones de cada órgano, establecer procedimientos transparentes para la adopción de acuerdos, gestionar adecuadamente los conflictos de interés, documentar las decisiones relevantes y garantizar mecanismos eficaces de supervisión.
No es casualidad que la profesionalización de los órganos de gobierno se haya convertido en una de las principales recomendaciones formuladas por las organizaciones especializadas en el tercer sector. El estudio Gobernanza de fundaciones y asociaciones, elaborado por la Fundación Lealtad, identifica como factores determinantes para reforzar la confianza institucional la diversidad y cualificación de los órganos de gobierno, la adecuada gestión de los conflictos de interés, la evaluación periódica de su funcionamiento y la implantación de procedimientos internos que permitan una toma de decisiones más transparente y eficaz. Del mismo modo, el informe publicado por esta misma entidad en 2026 sitúa la gobernanza, la transparencia, el cumplimiento normativo y la planificación estratégica entre los principales retos que afrontan actualmente las organizaciones sin ánimo de lucro.
Precisamente en este escenario adquiere una especial relevancia el compliance. Durante años los programas de cumplimiento normativo se asociaron casi exclusivamente al ámbito empresarial. Sin embargo, las organizaciones del tercer sector también gestionan riesgos jurídicos, económicos y reputacionales que hacen aconsejable la implantación de sistemas internos de prevención y control. La protección de datos personales, la correcta gestión de subvenciones públicas, el cumplimiento de las obligaciones laborales y fiscales, la prevención de conflictos de interés, la contratación, la conservación documental o la prevención del blanqueo de capitales, cuando resulte aplicable, constituyen materias que requieren procedimientos internos claramente definidos. El compliance deja así de entenderse como una mera obligación documental para convertirse en una herramienta de gestión orientada a reducir riesgos y reforzar la seguridad jurídica de la organización.
En esta misma línea debe situarse la Ley 2/2023, que ha supuesto un importante impulso a la implantación de sistemas internos de información y protección de las personas informantes. Aunque la obligación de disponer de un canal interno dependerá de las características de cada entidad, su implantación constituye una buena práctica de gobernanza que favorece la detección temprana de irregularidades, fortalece la cultura ética y contribuye a prevenir conflictos antes de que generen consecuencias jurídicas o reputacionales.
La transformación digital incorpora además nuevos desafíos que afectan de forma directa a estas organizaciones. La gestión de datos personales de personas beneficiarias, donantes, trabajadores o voluntarios exige una aplicación rigurosa del RGPD y de la normativa nacional de protección de datos, especialmente cuando se trata de colectivos vulnerables. A ello se añade la creciente utilización de herramientas de inteligencia artificial para automatizar procesos administrativos, elaborar contenidos, gestionar comunicaciones o analizar información. La aplicación progresiva del Reglamento europeo de Inteligencia Artificial obligará a revisar estas prácticas para garantizar un uso transparente, seguro y respetuoso con los derechos fundamentales.
La evolución normativa y las mejores prácticas promovidas desde el propio tercer sector evidencian, en definitiva, que la transparencia, la gobernanza y el compliance ya no pueden abordarse de forma aislada. Constituyen elementos complementarios de una misma estrategia destinada a proteger la seguridad jurídica de la organización, reforzar la confianza de financiadores, donantes, beneficiarios y Administraciones Públicas y garantizar la sostenibilidad de los proyectos a largo plazo.
En un entorno donde la credibilidad institucional constituye uno de los principales activos de cualquier entidad sin ánimo de lucro, disponer de estructuras de buen gobierno, mecanismos eficaces de control interno y políticas reales de transparencia ya no representa únicamente una obligación legal. Se ha convertido en una auténtica ventaja competitiva que fortalece la reputación de la organización, facilita el acceso a financiación y consolida la confianza de la sociedad en quienes desarrollan actividades de interés general.
Aránzazu Núñez Granado, Directora de Relaciones Institucionales y comunicación
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