Acountax ha participado en el programa “Are Business” de Radio Libertad, dirigido por Roberto Rodríguez Manzaneque, para analizar una reciente doctrina del Tribunal Supremo que avala el uso de datos de terceros por parte de la Agencia Tributaria en procedimientos de investigación fiscal.
Tribunal Supremo, Sentencia n.º 1206/2025, de 29 de septiembre de 2025, en la que se establece que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) puede utilizar datos personales de terceros en un procedimiento de comprobación, inspección o recaudación tributaria, siempre que se cumplan los requisitos de legitimidad, idoneidad, necesidad y proporcionalidad.
Durante su intervención, Manuel Lamela, abogado, fundador y presidente ejecutivo de Acountax, matizó con rotundidad que, aunque la potestad de Hacienda se ve reforzada, no es ilimitada y está sujeta a importantes restricciones jurídicas destinadas a proteger los derechos fundamentales de los contribuyentes.
Una obligación amplia, pero no ilimitada
Lamela explicó que el Tribunal Supremo autoriza la utilización de datos de terceros, pero únicamente cuando exista una clara trascendencia tributaria derivada de relaciones económicas reales con el contribuyente investigado.
Es decir, Hacienda podrá requerir información a clientes, proveedores, familiares o profesionales vinculados siempre que esos datos tengan relevancia directa en la investigación fiscal, quedando fuera cualquier información ajena o desproporcionada.
En este sentido, recalcó que:
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No todo dato puede ser reclamado, solo aquellos con trascendencia tributaria efectiva
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Debe existir una relación económica verificable
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La Administración no puede realizar una investigación indiscriminada o inquisitiva
El secreto profesional y la intimidad, líneas rojas infranqueables
Uno de los puntos más relevantes de su intervención fue la defensa clara de los límites constitucionales al poder de la Administración.
Manuel Lamela subrayó que nunca deben aportarse datos protegidos por el secreto profesional ni información que pueda afectar:
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Al derecho al honor
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A la intimidad personal y familiar
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A la confidencialidad profesional (abogado-cliente, médico-paciente, etc.)
Este límite opera incluso ante un requerimiento de Hacienda, y debe ser cuidadosamente valorado antes de entregar documentación. Tal y como indicó, “ la Agencia Tributaria no puede situarse por encima de los derechos fundamentales recogidos en la Constitución”.
Sanciones por no atender un requerimiento de Hacienda
Lamela también aclaró el marco sancionador en caso de incumplimiento de un requerimiento de información:
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Las multas pueden oscilar entre 300 € y 10.000 €
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Dependen del tipo de requerimiento y del nivel de resistencia u omisión
Sin embargo, quiso dejar claro un punto importante «El sistema permite regularizaciones voluntarias sin imposición de sanción», siempre que se actúe a tiempo y de forma adecuada, lo que refuerza la importancia de contar con asesoramiento experto desde el primer momento.
Un nuevo escenario que exige estrategia preventiva
Desde Acountax se insiste en que este nuevo marco obliga a empresas y autónomos a:
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Revisar con rigor sus relaciones económicas con terceros
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Ser cuidadosos con la documentación que comparten
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Diferenciar entre datos tributarios y datos protegidos
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Actuar siempre con asesoramiento legal especializado
Lamela recordó la importancia de colaborar, pero con límites legales claros y con pleno respeto a los derechos fundamentales.
La participación de Acountax en “Are Business” pone de manifiesto su experiencia en:
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Defensa en procedimientos de inspección
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Asesoramiento ante requerimientos de información
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Protección de derechos fundamentales del contribuyente
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Prevención de riesgos tributarios y sancionadores
En un contexto de mayor control y cruce masivo de datos, contar con un criterio jurídico sólido es más importante que nunca.
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