En los últimos años, el entorno empresarial europeo ha cambiado a un ritmo que nadie puede ignorar. La digitalización acelerada, el aumento de amenazas cibernéticas y la presión regulatoria creciente en materia de sostenibilidad han situado a las organizaciones en un escenario completamente distinto al de hace apenas una década. Los riesgos ya no son eventos aislados o cuestiones operativas: se han convertido en factores que condicionan la estrategia, la reputación y la propia continuidad del negocio.
Las empresas han debido reorganizarse para adaptarse a un marco legal más exigente, a unos estándares sociales cada vez más firmes y a un escrutinio público que demanda transparencia y responsabilidad. Esta nueva realidad ha dibujado lo que podríamos llamar una geometría legal, un triángulo formado por la digitalización, la ciberseguridad y la sostenibilidad, que hoy estructura la manera en que las compañías operan, toman decisiones y se relacionan con su entorno.
Desde la perspectiva de las relaciones institucionales y la comunicación, resulta evidente que estos tres desafíos no solo implican obligaciones jurídicas: moldean la forma en la que las organizaciones se posicionan, cómo construyen confianza y cómo acreditan, con hechos, su compromiso con un ejercicio responsable de su actividad.
En este contexto, comprender cómo estos desafíos legales han triangulado la organización empresarial es clave para anticiparse, tomar buenas decisiones y reforzar la resiliencia corporativa de cara al futuro.
La gestión de riesgos en digitalización, ciberseguridad y sostenibilidad: una geometría jurídica que ha sido el desafío en el 2025 para las organizaciones
La evolución tecnológica y el avance regulatorio en Europa han transformado la manera en que las empresas deben entender y gestionar sus riesgos. Digitalización, ciberseguridad y sostenibilidad forman hoy un bloque indivisible que condiciona el cumplimiento normativo, la reputación y la continuidad del negocio. Ya no son áreas separadas: son pilares que se influyen mutuamente y que requieren estrategias claras, gobernanza interna y una visión jurídica sólida.
Digitalización: beneficios evidentes, riesgos crecientes
La digitalización aporta eficiencia, automatización y acceso a nuevas formas de negocio. Pero también aumenta la complejidad operativa y eleva la exposición a riesgos legales. En este punto, el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) sigue siendo la referencia obligatoria. Su principio de responsabilidad proactiva exige a cualquier empresa que trate datos personales:
- identificar riesgos,
- documentarlos,
- adoptar medidas técnicas y organizativas adecuadas,
- supervisar a los proveedores,
- revisar periódicamente los sistemas.
La digitalización, por tanto, obliga a repensar procesos internos. Desde el uso de plataformas en la nube hasta la incorporación de sistemas de automatización o herramientas de inteligencia artificial, cualquier incorporación tecnológica genera nuevas obligaciones. El RGPD no deja espacio para la improvisación: exige trazabilidad, criterios jurídicos claros, controles internos y un ciclo continuo de revisión.
Además, aunque se habla cada vez más de la futura identidad digital europea, conviene aclarar que, a día de hoy, no existe aún un marco plenamente aplicable a todas las empresas. La Unión Europea trabaja en un “Digital Identity Wallet” que permitirá a los ciudadanos gestionar credenciales oficiales de forma segura, pero su implantación está en desarrollo. Por tanto, no se trata todavía de una obligación general para el sector privado, sino de un elemento a vigilar en los próximos años dentro de la gestión de riesgos.
En paralelo, el desarrollo de la inteligencia artificial (IA) y la inminente aplicación del AI Act obligarán a las organizaciones a identificar si sus sistemas son de riesgo alto, documentar procesos, garantizar supervisión humana y reforzar la transparencia. La digitalización, en resumen, exige hoy más rigor que entusiasmo.
Ciberseguridad: un deber de diligencia, no una recomendación técnica
La ciberseguridad es hoy un elemento estructural del cumplimiento normativo. El incremento de brechas, ataques de ransomware y accesos no autorizados ha llevado a la UE a reforzar la regulación con la Directiva NIS2, que amplía notablemente las obligaciones para operadores esenciales y entidades importantes.
Esta directiva obliga a:
- implantar medidas técnicas y organizativas rigurosas,
- garantizar la continuidad del negocio,
- monitorizar vulnerabilidades,
- formar al personal,
- asegurar la cadena de suministro,
- notificar incidentes graves.
Y lo más relevante: responsabiliza a los órganos de gobierno. Los administradores deben demostrar que han actuado con diligencia al aprobar políticas de seguridad y al supervisar su ejecución. La seguridad ya no depende solo del departamento técnico: es una cuestión de gobernanza corporativa.
Una brecha de datos o un ataque exitoso puede generar sanciones, litigios y un daño reputacional difícilmente reversible. La respuesta jurídica adecuada pasa por análisis de riesgos, auditorías periódicas, contratos bien construidos con proveedores tecnológicos y políticas internas claras. La ciberseguridad es una obligación de diligencia razonable que ya forma parte del estándar jurídico europeo.
Sostenibilidad: regulación creciente y exigencias transversales
La sostenibilidad se ha convertido en uno de los ejes principales del derecho europeo. No es un concepto voluntario, sino un mandato regulatorio cada vez más exigente. La CSRD, la Taxonomía Europea y las normas ESRS han elevado el nivel de responsabilidad de las empresas en materia ambiental, social y de gobernanza (ESG).
Este nuevo marco obliga a las organizaciones a:
- identificar riesgos ambientales y sociales,
- evaluar su impacto en la cadena de valor,
- reportar métricas verificables,
- auditar procesos,
- establecer políticas de prevención y diligencia debida.
Aunque la Directiva de Diligencia Debida en Sostenibilidad Corporativa (CSDDD) ya existe y es “válida” a nivel europeo, su obligación práctica — para las empresas — se desplegará en fases progresivas según su tamaño. Su espíritu ya marca una tendencia clara: las empresas deberán evaluar los riesgos derivados de su actividad sobre derechos humanos, impacto climático, proveedores y subcontratistas.
El incumplimiento en sostenibilidad no solo genera sanciones. Provoca exclusiones de contratos públicos, pérdida de confianza de inversores y afectación directa a la reputación. En el entorno actual, una estrategia ESG mal diseñada puede convertirse en un riesgo jurídico y financiero evidente.
DSA y DMA: el nuevo marco para la actividad digital en Europa
La actividad digital está regulada hoy por dos marcos esenciales:
DSA (Digital Services Act)
Obliga a plataformas, marketplaces y servicios digitales a implantar sistemas de gestión de riesgos relacionados con:
- contenidos ilegales,
- seguridad de los usuarios,
- transparencia algorítmica,
- moderación responsable,
- cooperación con autoridades.
Las plataformas de gran tamaño (VLOPs y VLOSEs) tienen obligaciones especialmente estrictas. Pero incluso los servicios más pequeños deben cumplir normas de transparencia, trazabilidad y diligencia.
DMA (Digital Markets Act)
Regula a los grandes actores digitales considerados “gatekeepers”: motores de búsqueda, tiendas de aplicaciones, redes sociales, sistemas operativos, etc. Su objetivo es evitar prácticas anticompetitivas y garantizar un mercado digital justo.
Aunque la DMA afecta directamente solo a estos grandes actores, sus consecuencias se extienden a proveedores, clientes y empresas que operan dentro de su ecosistema. Cambian las reglas de interoperabilidad, acceso a datos, publicidad y uso de plataformas.
La DSA y la DMA configuran un entorno donde las empresas deben evaluar riesgos jurídicos derivados de su relación con plataformas, proveedores digitales y grandes actores del mercado. La digitalización ya no es un espacio sin reglas: es uno de los sectores más regulados de Europa.
Gestión integrada de riesgos: la única vía posible
Los riesgos derivados de la digitalización, la ciberseguridad y la sostenibilidad no pueden gestionarse por separado. Todos ellos comparten elementos de:
- gobernanza,
- trazabilidad,
- documentación,
- evaluación continua,
- formación interna,
- control de proveedores,
- supervisión de los órganos de gobierno.
Las empresas deben adoptar un sistema de cumplimiento que integre estos bloques y que permita demostrar diligencia en todas las áreas. La gestión de riesgos ya no es un ejercicio teórico: es una responsabilidad legal. El marco regulatorio europeo avanza rápido y endurece las obligaciones en materia digital, de seguridad y de sostenibilidad. Las empresas que no actúen con previsión se enfrentarán a sanciones, pérdida de confianza y riesgos reputacionales serios. En cambio, aquellas que adopten un enfoque integrado, alineado con el RGPD, la NIS2, la CSRD, la DSA y la DMA no solo evitarán problemas: ganarán ventaja competitiva, credibilidad y resiliencia.
La gestión de riesgos ya no es una opción. Es un elemento esencial para garantizar la continuidad, la seguridad y la responsabilidad corporativa en un entorno regulado y en constante transformación.
Aránzazu Núñez Granado, Directora de Relaciones Institucionales y comunicación
¿Dudas sobre su caso? Escríbanos y le orientamos.
Puede ponerse en contacto con nosotros escribiéndonos a clientes@acountax.es, llamándonos de forma gratuita al 900 264 785 o rellenando el siguiente formulario de contacto que ponemos a su disposición. Le responderemos en menos de 24 horas.
