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El plazo de puesta en marcha de esta medida, tendente a poder comunicar la comisión de un posible delito en el seno de una empresa, finaliza el 21 de diciembre de 2021
Os recordamos que la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, estableció la obligatoriedad de implantar un canal de denuncias en todas aquellas empresas privadas que tengan más de 50 empleados a su cargo. En este ámbito, estas empresas disponen hasta el 21 de diciembre de 2021 para poner en marcha esta medida e implantar, por tanto, un canal de denuncias.
Canal de denuncias: ¿Qué es y por qué es útil y necesario para mi empresa?
El canal de denuncias es un instrumento que pone en marcha una determinada compañía, para que cualquier persona física o jurídica pueda comunicar a la empresa actuaciones de esta o de sus profesionales que puedan ser delictivas, inapropiadas o contrarias a la cultura de ética empresarial y la política de integridad de la compañía, instaurándose con ello una vía de comunicación que debe ser utilizada tanto por los empleados, como por clientes o cualquier otra persona o compañía con la que la empresa mantenga una relación profesional.
Tipos de canal de denuncias
La propia Directiva ya regula los tipos de canal de denuncias que pueden ser habilitados por la empresa:
- Por medios electrónicos, es decir, por correo electrónico a la dirección que habilite la empresa a estos efectos o a través de una aplicación de la página web.
- Por comparecencia personal ante cualquier persona que haya sido designada por la mercantil para tramitar este tipo de denuncias.
- Poniéndose en contacto telefónicamente con cualquiera de las personas que haya sido designada por la mercantil para tramitar este tipo de
Respecto al proceso del canal de denuncias, es importante matizar que en todo caso la mercantil deberá designar a un empleado, a un departamento o a una persona física o jurídica externa para recibir y dar trámite a las denuncias, siendo de suma importancia la formación de los empleados sobre el uso del canal de denuncias, advirtiendo de la obligatoriedad que tienen de utilizar dichas vías de comunicación, si se detecta la comisión de algún posible delito dentro de la actividad de la empresa.
De igual manera, es imprescindible que las vías de comunicación que se hayan implantado estén diseñadas de forma que se garantice la total confidencialidad y que, en todo caso, se mantenga restringido el acceso a personal no autorizado.
Implantar Manual de Prevención de Riesgos Penales en mi empresa
En efecto, desde Acountax Madrid recomendamos a todas las empresas que además de instaurar el canal de denuncias, pongan en marcha un proceso de implantación de un Manual de Prevención de Riesgos Penales, para mitigar cualquier riesgo detectable de comisión de un delito, bajo la idea de implantar y consolidar en la compañía una verdadera y cierta cultura de ética empresarial.
Funciones del manual de prevención de riesgos penales
En el manual, además, se identificarán los posibles riesgos derivados de la actividad de la empresa, y se establecerán las medidas internas de prevención y de control, con el objetivo de prevenir la comisión de delitos que pudieran dar lugar a la responsabilidad penal de la compañía.
En este sentido, Acountax Madrid ofrece su experiencia para todas aquellas empresas que quieran poner en marcha dicho canal de denuncias, o incluso, implantar conjuntamente un Manual de Prevención de Riesgos Penales, pudiendo contar con el apoyo y asesoramiento integral por parte de nuestro equipo experto en la materia, que podrá coordinar, junto con tu empresa, tanto la instauración de ambos instrumentos, como la formación de los profesionales y la gestión del propio canal de denuncias.
Alicia Campos Ortiz y Núria López Lázaro
Abogadas