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Madrid 2 de julio de 2024
¡Atención influencers! Hoy es el último día para inscribirse y regularizar su actividad conforme al Real Decreto 444/2024, conocido como la “ley Influencer”.
Esta normativa, concebida para proteger a los usuarios y establecer un marco legal claro, es fundamental para garantizar que la influencia digital se desarrolle de manera responsable y en cumplimiento con las disposiciones legales vigentes.
En una entrada anterior de nuestro blog, informábamos de la entrada en vigor del Real Decreto 444/2024, conocido popularmente como la “ley Influencer”. Esta legislación regula los requisitos para ser considerado Influencer con el objetivo principal de proteger a los usuarios, especialmente a los menores, de contenido perjudicial y establecer un marco legal claro para estos “usuarios de especial relevancia” en las plataformas de intercambio de vídeos en España.
La nueva legislación se ha desarrollado bajo la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, y también implementa la Directiva (UE) 2018/1808. El propósito es asegurar que el creciente fenómeno de la influencia digital opere dentro de un marco legal que proteja tanto a los consumidores como a la integridad del mercado audiovisual. Con esta regulación, España se posiciona como el segundo país de la Unión Europea (UE), después de Francia, en establecer un marco regulatorio específico para la actividad de los influencers.
El Real Decreto define a los “usuarios de especial relevancia” (‘influencers’) en función de dos criterios simultáneos. Primero, el criterio económico, que exige que estos prestadores tengan unos ingresos anuales superiores a 300.000 euros derivados de su actividad audiovisual. Segundo, el criterio de audiencia, que requiere superar el millón de seguidores en una única plataforma de intercambio de vídeos o dos millones de seguidores en el global de su actividad, y haber publicado o compartido 24 o más vídeos al año.
Todos los ‘influencers’ que cumplan ambos criterios deben inscribirse en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como usuarios de especial relevancia. A partir de su inscripción, tendrán que cumplir con la normativa en materia de protección de menores y publicidad en el ámbito audiovisual, como identificar los espacios publicitarios o no hacer publicidad de tabaco, medicamentos o alcohol. En resumen, sus obligaciones se homologarán con las del resto de agentes audiovisuales.
Tal y como se recoge en el Real Decreto, el plazo para que los usuarios de especial relevancia se incribieran en el Registro Estatal previsto en el artículo 39 de la Ley 13/2022, de 7 de julio dio comienzo el pasado 2 de mayo. Por tanto, hoy es el último día para que los influencers se registren y regularicen su actividad. Si aún no has realizado tu inscripción, te instamos a que lo hagas de inmediato para cumplir con la normativa vigente y seguir desarrollando tu actividad de manera legal y responsable. Recordamos que, el incumplimiento de algunas de estas obligaciones por parte de los influencers puede conllevar sanciones económicas que oscilan entre 10,000 y 50,000 euros para el caso de Infracciones Leves, entre 30,000 y 300,000 euros por Infracciones Graves y entre 60,000 y 600,000 para las Infracciones Muy Graves.
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