¿Está tu empresa preparada? Claves para implantar el plan de igualdad y el registro retributivo

¿Tu empresa está obligada a tener un plan de igualdad y registro salarial? Te explicamos cómo cumplir la ley y evitar sanciones laborales.

En los últimos años, la normativa en materia de igualdad ha dado un paso decisivo para garantizar entornos laborales más justos. Con la entrada en vigor de los Reales Decretos 901/2020 y 902/2020, todas las empresas con 50 o más trabajadores están obligadas a implantar un Plan de Igualdad y un registro retributivo completo.

Desde Acountax Abogados te explicamos cómo cumplir con estas obligaciones legales, qué implican realmente y qué riesgos legales se derivan del incumplimiento.

 ¿Qué es un Plan de Igualdad y quién está obligado a implantarlo?

El Plan de Igualdad es un conjunto ordenado de medidas adoptadas tras un diagnóstico de situación, con el fin de alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, y eliminar la discriminación por razón de sexo.

Están obligadas a tenerlo:

  • Empresas de 50 o más personas trabajadoras.

  • También aquellas con un plan exigido por convenio colectivo o tras una resolución de la autoridad laboral.

  • El plan debe registrarse en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos (REGCON).

¿Qué fases implica su elaboración?

  1. Constitución de la comisión negociadora (con representación legal de los trabajadores).

  2. Diagnóstico de situación: se analizan procesos de selección, formación, retribuciones, promoción, salud laboral, etc.

  3. Diseño del plan de igualdad: incluye objetivos, medidas concretas, cronograma, indicadores de seguimiento y revisión.

  4. Implantación: acciones que van desde la formación a la mejora de procesos internos.

  5. Evaluación y seguimiento periódico (mínimo cada 4 años o antes si cambian las circunstancias).

 ¿Qué es el registro retributivo?

El registro retributivo es obligatorio para todas las empresas, sin importar su tamaño, y debe incluir:

  • Salarios base, complementos y percepciones extrasalariales.

  • Desglosados por sexo y grupo profesional.

  • Indicadores: media y mediana por conceptos retributivos.

Además, si tu empresa tiene Plan de Igualdad, deberás acompañar el registro de una auditoría retributiva, que evalúe posibles brechas salariales por género, justifique desigualdades y proponga medidas correctoras.

¿Qué ocurre si no se cumple?

El incumplimiento puede suponer:

  • Sanciones económicas que oscilan entre los 626 € y los 225.018 €, según la gravedad.

  • Pérdida de acceso a subvenciones públicas y licitaciones.

  • Reclamaciones individuales o colectivas por discriminación salarial.

  • Dificultades reputacionales y de retención del talento.

En Acountax acompañamos a tu empresa en todo el proceso de cumplimiento, desde el diagnóstico hasta el registro oficial:

  1. Elaboración y negociación del Plan de Igualdad.

  2. Implementación técnica del registro retributivo.

  3. Realización de auditorías retributivas conforme al RD 902/2020.

  4. Asistencia jurídica ante inspecciones de trabajo.

  5. Formación a comités de empresa y responsables de RRHH.

Recomendaciones clave

  • No esperes a que llegue una inspección. Cumplir preventivamente reduce riesgos y mejora la cultura corporativa.

  • Si tu plantilla ha crecido y has alcanzado los 50 empleados, es el momento de empezar.

  • Tener un Plan de Igualdad bien diseñado no es solo una obligación: es una ventaja competitiva en el actual mercado laboral.

¿Tienes dudas sobre si tu empresa está obligada a elaborar un Plan de Igualdad o sobre cómo registrar el salario medio de tu plantilla?

¿Dudas sobre su caso? Escríbanos y le orientamos.

Puede ponerse en contacto con nosotros escribiéndonos a clientes@acountax.es, llamándonos de forma gratuita al 900 264 785 o rellenando el siguiente formulario de contacto que ponemos a su disposición. Le responderemos en menos de 24 horas.


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