Acountax Madrid participa en una jornada sobre Moratoria Concursal
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Cabe recordar que se trata de una de las medidas que puso en marcha el Gobierno en el contexto de la pandemia para que las empresas con dificultades económicas evitaran declararse en concurso y hallaran formas de renegociar su deuda. En definitiva, el fin de la moratoria concursal va suponer que las empresas -con especial incidencia en la pequeña y mediana empresa- volverán a tener la responsabilidad de declarar concurso de acreedores si se encuentran en una situación de insolvencia, circunstancia que derivará, muy probablemente, en la generación de una notable cantidad de procedimientos de concursos en los juzgados mercantiles.
Las empresas afrontan un panorama de notable incertidumbre ante la próxima finalización de la moratoria concursal que, salvo nueva prórroga, finalizará el próximo 30 de junio.
En este marco, en el horizonte inmediato, coincidiendo con el fin de la moratoria, por parte del Gobierno se ha dado un impulso a los trámites parlamentarios, de cara a conseguir tener aprobada la nueva ley concursal antes del próximo 30 de junio. Se pretende así un doble objetivo: no tener que volver a prorrogar la moratoria concursal y, a la vez, evitar que se produzca un aluvión de concursos, como vienen anunciando todas las voces expertas en la materia.
Fuentes del Gobierno vienen afirmando que, en efecto, la intención es hacer coincidir el fin de la moratoria concursal con la entrada en vigor de la nueva ley, circunstancia que, en caso de no cumplirse los calendarios previstos, podría dejar abierta la posibilidad de una nueva prórroga en caso de que no se culmine el proceso parlamentario.
Cabe recordar que el trámite parlamentario de esta ley se inició el 1 de marzo de este año, cuando el secretario general técnico del Ministerio de Justicia, Jacobo Fernández, dio el pistoletazo de salida exponiendo los principales novedades y contenidos de la ley concursal.
En este sentido, es destacable que los grupos parlamentarios interpusieron un total de 607 enmiendas a esta norma. A finales del mes de abril, el Boletín Oficial de las Cortes publicó las enmiendas al proyecto de ley de reforma de la Ley Concursal. El documento, de cerca de 500 páginas, recoge las más de 600 propuestas de modificaciones que se han presentado para una norma que cobrará gran importancia en los próximos meses, una vez concluya la ya mencionada moratoria concursal vigente desde marzo de 2020.
La nueva Ley Concursal y el fin de la moratoria
La finalización de la moratoria concursal podría suponer el cierre de numerosos negocios. De hecho, uno de los aspectos en el que la mayoría de los expertos en materia concursal y Ley de Segunda Oportunidad coinciden es en la avalancha de procedimientos que se van a abrir cuando finalice la moratoria. Pues bien, el fin de la moratoria podría coincidir con la aprobación de la reforma concursal en la que lleva meses trabajando el Ejecutivo, si bien, como ya se ha mencionado, existe cierta incertidumbre sobre este particular.
Se trata de una normativa que deberá cumplir con la transposición de la Directiva Europea 2019/1023 sobre Insolvencia empresarial y que tiene el compromiso con Europa de estar publicada antes del próximo 27 de julio. Sin embargo, todo apunta a que los tiempos se le han echado encima al Gobierno. La celeridad que se dé ahora el Ejecutivo para analizar todas las enmiendas, elaborar un nuevo texto normativo, para posteriormente consensuar un acuerdo en el Parlamento y tener la norma lista para que sea publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) antes del próximo 30 de junio será clave para muchos pequeños negocios.
Modificaciones y cambios en la Reforma de la Ley Concursal
En todo caso, el proyecto ya introduce importantes cambios que darán una vuelta a la legislación sobre concursos de acreedores. Una de las modificaciones de más calado hace referencia a los procesos de reestructuración. Así, el texto introduce el concepto de probabilidad de insolvencia, una situación previa a la ruina inminente en la que se entra cuando se prevé que la empresa no va a poder cumplir sus compromisos de pago en los dos años siguientes. Una suerte de margen para que la compañía en apuros económicos leves resuelva sus problemas. Durante esa fase, que tiene un plazo de dos años, la organización no puede entrar en concurso de acreedores.
Igualmente, la norma simplificará el proceso de reestructuración empresarial, que hoy en día se desarrolla en cuatro estadios. Por otro lado, la reforma prevé eliminar el veto que tenían los accionistas en la negociación del plan, por lo que gana peso el acuerdo mayoritario entre los acreedores.
Además, la futura ley dota de mayor protección a los acreedores públicos (fundamentalmente, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social) fijando que sus créditos no pueden ser objeto de reducción. Respecto a la exoneración de crédito público en relación con la segunda oportunidad, el proyecto solo prevé la posibilidad de exoneración para deudas de menos de 1.000 euros. Otra novedad relevante del proyecto es la creación de un procedimiento especial y más ágil para autónomos y microempresas.
Datos sobre Concursos de Acreedores en 2022
Más allá de los datos a futuro, si analizamos los concursos que se vienen implementando en los últimos meses, cabe señalar que, en el primer trimestre de 2022, contabilizando tanto los presentados en los Juzgados de lo Mercantil como los de personas físicas registrados en los Juzgados de Primera Instancia y de Primera Instancia e Instrucción, el número de concursos ascendió a 5.312, lo que ha supuesto un incremento del 7,9 % respecto al mismo periodo de 2021. Así, la cifra total de concursos de acreedores mantiene una tendencia al alza desde el tercer trimestre de 2020.
Del total de concursos presentados, 2.812 correspondieron a los presentados por personas físicas no empresarios en los Juzgados de Primera Instancia y Primera Instancia e Instrucción, que aumentaron un 11,1 % respecto al primer trimestre de 2021. Los 2.500 restantes correspondieron a los presentados en los Juzgados de lo Mercantil, que se incrementaron un 4,4 por ciento con respecto al año anterior.
De los 2.500 concursos presentados en los juzgados de lo mercantil, 1.080 corresponden a personas físicas empresarios (un 29,5 % más que hace un año), y 1.420 a personas jurídicas (un 9 % menos que en el mismo trimestre de 2021).
Sin perjuicio de estos datos y fijándonos en los que se pueden avecinar en los próximos meses, es preciso tener en consideración que es de crucial importancia despejar dudas sobre la futura ley concursal y la premura por cumplir con los plazos parlamentarios previstos es fundamental para el tejido empresarial en situación de crisis, al decaer la moratoria concursal, hecho que motiva a instaurarse, de nuevo, la obligación de declarar concurso de acreedores para todas aquellas compañías en situación de insolvencia, de ahí que muchos expertos prevean, como se ha indicado, un aluvión de los concursos que disparen las estadísticas descritas.
Desde Acountax Madrid estaremos muy pendiente de todas las novedades y, de cualquier modo, recordamos que nuestro equipo de profesionales experto atenderá todas las dudas de empresarios y autónomos que afronten una situación de crisis o insolvencia y que requieran nuestros servicios, buscando las soluciones más adecuadas y viables para cada caso.
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