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21 marzo, 2023Jornada «Canal de denuncias, obligatoriedad y riesgo penal para las empresas;prevención y cumplimiento»
Evento en CEOE «Canal de denuncias, obligatoriedad y riesgo penal para las empresas;prevención y cumplimiento»
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13 DE ABRIL – 16:30 a 18:00 HORAS I PRESENCIAL Y ONLINE
Los países miembros de la UE deben adaptarse a la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019 y poner en marcha una normativa que garantice la prevención de delitos internos en la empresa, así como la protección a los denunciantes que en España estarán cubiertos por lo especificado en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
También hay otras leyes que obligan a las empresas a tener implementado un canal de denuncias, como son el Código Penal, la Ley de Igualdad dentro de los planes de igualdad, la Ley de Blanqueo de Capitales o la Ley de protección integral de la infancia y la adolescencia para empresas del ámbito deportivo, ocio o educativo que cuenten con la presencia de menores.
Las empresas tienen los siguientes plazos para implementar el canal de denuncias obligatorio:
- Las empresas con 250 o más trabajadores, tendrán 3 meses para hacerlo desde el momento en que la ley de protección del denunciante entre en vigor.
- Las empresas de 50 a 249 trabajadores tendrán hasta el 1 de diciembre de 2023 para implementar el canal de denuncias.
Presenta, coordina y modera: Dª Beatriz Grande, vicepresidenta de AESAE y miembro de la Junta Directiva de CEOE.