Abogados Concurso de Acreedores Madrid

Somos Abogados para Concursos de Acreedores en Madrid, un despacho con sólida experiencia en la tramitación de concursos de empresas, autónomos y personas físicas, que se encuentran en estado de insolvencia. Te acompañamos a lo largo de todo el proceso concursal, prestando un apoyo constante. Recomendamos siempre a nuestros clientes tener una primera consulta, de esta forma puedes conocer al equipo, consultar tus dudas y contar con la información necesaria para la toma de decisiones más adecuadas de cara a poder reordenar tu negocio y revertir la situación de insolvencia.

El concurso de acreedores es un procedimiento judicial que tiene como finalidad solucionar la situación de insolvencia de una persona física o jurídica, es decir, cuando ésta no puede hacer frente a sus deudas. Este procedimiento se regula en la Ley Concursal y puede ser iniciado por el deudor o por alguno de sus acreedores.

La insolvencia se produce cuando una empresa es incapaz de cumplir con sus obligaciones de pago. En otras palabras, la empresa tiene más deudas que recursos para pagarlas, por lo que no puede hacer frente a sus compromisos económicos.

En esta situación, cualquier deudor puede solicitar un concurso de acreedores con la finalidad de intentar dar solución a una situación de insolvencia. El objetivo del concurso de acreedores es lograr que el deudor pueda continuar con su actividad normal, manteniendo sus puestos de trabajo y cumpliendo con sus obligaciones de pago a los acreedores. Para ello, el concurso de acreedores busca una solución global que permita el saneamiento de la economía del deudor.

¿Cómo trabajan nuestros abogados especialistas en Concurso de Acreedores?

Experiencia Concursal

Nuestro equipo se compone de profesionales experimentados, comprometidos con el cliente y altamente especializados en concursos de acreedores.

 

Compromiso con el cliente

Crear una relación de confianza y compromiso con el cliente, donde las respuestas a sus necesidades jurídicas se adapten a sus circunstancias personales.

 

Garantia de exito

Garantizamos la máxima eficacia y aportamos un valor añadido acorde a los más altos estándares profesionales.

 

Las Fases de Concurso de Acreedores

El objetivo principal del concurso de acreedores es proteger los derechos de los acreedores y buscar una solución para la empresa en dificultades. Para ello, se establecen diferentes fases que deben seguirse de manera rigurosa.

 

Primera Fase

La primera fase del concurso de acreedores es la solicitud del concurso. Esta fase puede ser iniciada por la propia empresa o por uno o varios de sus acreedores. En la solicitud, se debe indicar el motivo del concurso y presentar toda la documentación necesaria para demostrar la situación de insolvencia.
Una vez presentada la solicitud, se procede a la fase de declaración del concurso, la segunda fase. En esta fase, el juez analiza la documentación presentada y decide si procede o no la declaración del concurso. Si se declara el concurso, se nombra a un administrador concursal que se encargará de gestionar la empresa durante el procedimiento.

Segunda Fase

La tercera fase del concurso de acreedores es la fase común. Durante esta fase, se lleva a cabo la liquidación de los bienes de la empresa y se procede al pago de los acreedores. Si la empresa tiene posibilidades de viabilidad, también se puede presentar un plan de viabilidad para intentar salvarla.
Si el plan de viabilidad es aceptado, se pasa a la fase de convenio. En esta fase, se establecen las condiciones para el pago de los acreedores y se establece un calendario de pagos. Si todos los acreedores están de acuerdo con el convenio, se procede a la fase de cumplimiento.
En la fase de cumplimiento, la empresa cumple con las obligaciones establecidas en el convenio y se da por finalizado el concurso de acreedores. Si no se llega a un acuerdo en la fase de convenio, se procede a la fase de liquidación.

Tercera Fase

Durante la fase de liquidación, se venden los bienes de la empresa y se reparte el dinero obtenido entre los acreedores. Esta fase es la última del concurso de acreedores y significa el fin de la empresa en cuestión.
El concurso de acreedores es un procedimiento complejo que consta de varias fases que deben ser seguidas de manera rigurosa. El objetivo principal del concurso de acreedores es proteger los derechos de los acreedores y buscar una solución para la empresa en dificultades. Si se sigue correctamente el procedimiento, es posible encontrar una solución viable para la empresa y evitar su disolución.

Abogados Concurso de Acreedores Madrid: Reestructuraciones, Insolvencias, y Derecho Concursal

 

En Madrid, así como en el resto de España, las empresas, autónomos y personas físicas que atraviesan dificultades económicas a menudo se enfrentan a situaciones de insolvencia que pueden poner en riesgo sus operaciones y su viabilidad financiera. El concurso de acreedores es un proceso legal que puede proporcionar una solución a estas situaciones, permitiendo la reestructuración de deudas y, en muchos casos, la recuperación del negocio. En Acountax, somos abogados especializados en concursos de acreedores en Madrid, y nos dedicamos a ofrecer un asesoramiento integral durante todo el proceso concursal, buscando siempre la mejor solución para nuestros clientes, ya sean empresas, autónomos o particulares.

¿Qué es un Concurso de Acreedores?

El concurso de acreedores es un procedimiento judicial que se regula en la Ley Concursal, cuyo principal objetivo es solucionar la situación de insolvencia de una persona física o jurídica, siempre que tengan personalidad jurídica y haya dos o más acreedores. Este proceso puede ser iniciado por el deudor, es decir, la propia empresa o individuo, o por uno o varios de los acreedores. En términos simples, un concurso de acreedores se utiliza cuando una empresa o persona física no puede cumplir con sus obligaciones de pago, es decir, cuando se encuentra en situación de insolvencia.

¿Por qué es Importante el Concurso de Acreedores?

En muchas ocasiones, las empresas o personas físicas, incluidas autónomos enfrentan situaciones económicas complicadas en las que la falta de liquidez no les permite de manera generalizada y definitiva hacer frente a sus pagos. A través del concurso de acreedores, se pueden proteger los derechos de los acreedores mientras se busca una solución viable para el deudor, o, en su defecto, proceder a una liquidación ordenada. El concurso de acreedores ofrece una oportunidad para reestructurar las deudas y reducir los compromisos financieros, y en el caso de la empresa o del deudor autónomo, incluso continuar operando.

Este procedimiento no solo permite al deudor obtener un respiro financiero, sino también, en el caso de empresas o autónomos, presentar un convenio concursal que, si es aprobado por los acreedores y ratificado por el juez, puede garantizar la continuidad de la actividad económica. La propuesta de convenio podrá contener, además de quitas o esperas, proposiciones alternativas o adicionales para todos o algunos de los acreedores o clases de acreedores, con excepción de los acreedores públicos. 

Cuando una persona física no puede hacer frente a sus deudas, puede acudir al concurso de acreedores con un objetivo de lograr, si cumple los requisitos, la exoneración del pasivo insatisfecho. Esto permite que el juez libere al deudor del pago total o parcial de sus deudas, siempre que haya actuado de buena fe y no disponga de capacidad suficiente para afrontarlas. Este procedimiento se conoce como Ley de la Segunda Oportunidad, y está especialmente orientado a particulares y autónomos y regulado dentro de la Ley Concursal.

¿Quién Puede Solicitar un Concurso de Acreedores?

El concurso de acreedores puede ser solicitado por el deudor, por los acreedores y, en el caso de concurso consecutivo, por el mediador concursal tras el intento fallido de un acuerdo extrajudicial de pagos. 

Cuando el deudor es una persona jurídica, la legitimación para instar el concurso corresponde al órgano de administración o de liquidación, y también a los socios, miembros o integrantes que sean personalmente responsables de las deudas sociales. 

En el supuesto de concurso de una herencia, la legitimación recae en los acreedores o herederos del deudor fallecido y en el administrador de la herencia. 

La Ley Concursal establece que el deudor debe solicitar el concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que conociera o debiera haber conocido su insolvencia. 

Cuando la solicitud la presenta el deudor, el concurso se califica como voluntario; si lo presentan los acreedores, se califica como necesario.

Las Fases del Concurso de Acreedores

El procedimiento de concurso de acreedores se divide en varias fases que deben ser seguidas con precisión para garantizar que se logre una resolución justa y efectiva. A continuación, explicamos cada una de las fases principales:

  1. Fase común

La solicitud formal del concurso debe ir acompañada de la documentación que acredite la situación de insolvencia, como los estados financieros, los listados de deudas, los balances, y otros documentos relevantes.

Tras la presentación de la solicitud, el juez examina la documentación y dicta el auto de declaración de concurso si se acredita la insolvencia. Con la admisión del concurso, se nombra al administrador concursal, que será el encargado de gestionar el procedimiento y velar por los intereses de los acreedores.

En la fase común, el administrador concursal debe elaborar un informe que incluya el inventario de bienes y derechos, la lista de acreedores y créditos devengados, y un análisis jurídico y económico del deudor, que sirve para determinar la masa activa y pasiva y calificar los créditos de los acreedores.

En esta fase se deben realizar todas las publicaciones necesarias en los registros oficiales para dar así a conocer la situación concursal del deudor y lograr la comunicación en tiempo y forma de todos los acreedores del concursado.

Asimismo, se realizan las publicaciones necesarias en los registros oficiales para dar a conocer la situación concursal del deudor y asegurar que los acreedores sean debidamente informados en tiempo y forma.

  1. Fase de Convenio

El deudor puede presentar a los acreedores una propuesta de convenio cuando exista la posibilidad de reestructurar la deuda o aplicar medidas que permitan la continuidad de la empresa. En esta fase, deudor y acreedores negocian los términos de pago, pudiendo establecer un calendario con quitas y esperas.

El convenio debe ser aprobado por la mayoría de los acreedores y posteriormente homologado por el juez, previa evaluación por la administración concursal.

Una vez aprobado por la mayoría de los acreedores, el convenio es vinculante para todos, incluso para quienes no votaron a favor. Su cumplimiento es supervisado por el juez y resulta esencial para evitar que la empresa pase a la fase de liquidación.

Si la empresa cumple con las obligaciones establecidas en el convenio, se realizan los pagos establecidos en el acuerdo y se sigue el calendario de pagos acordado, el concurso se da por finalizado.

  1. Fase de liquidación

Si no hay ninguna propuesta de convenio, no se llega a un acuerdo o, habiéndose aprobado un convenio, este no se cumple, la empresa pasa a la fase de liquidación. En esta fase, todo el patrimonio del deudor será vendido para satisfacer los créditos, y el dinero obtenido se repartirá entre los acreedores según el orden establecido en la Ley. 

Durante este proceso, el deudor deja de tener control sobre su patrimonio, cuya gestión y disposición pasa a la administración concursal.

  1. Fase de calificación

En esta fase, el concurso se califica como fortuito o culpable. Se trata de identificar las causas que han provocado la insolvencia del deudor y las posibles conductas negligentes que hayan empeorado su situación. Para ello, la administración concursal debe elaborar un informe razonado sobre los hechos relevantes y formula una propuesta de resolución para la calificación del concurso.

El concurso fortuito ocurre cuando la insolvencia no es causada por el deudor ni sus administradores, mientras que el concurso culpable se da cuando su conducta causa o agrava la insolvencia.

Beneficios del Concurso de Acreedores para las Empresas

A pesar de que el concurso de acreedores puede parecer una medida extrema, en muchos casos es la mejor opción para evitar la quiebra total. A continuación, destacamos algunos de los principales beneficios que ofrece este proceso:

  1. Reestructuración de Deudas: El principal beneficio del concurso es la reestructuración de las deudas de la empresa, lo que le permite pagar en plazos más largos y, en algunos casos, negociar la reducción de las cantidades a pagar.
  2. Protección de la Actividad Empresarial: Durante el proceso, la empresa tiene la oportunidad de reorganizarse y continuar operando, lo que puede ser crucial para evitar el cierre definitivo.
  3. Preservación de Puestos de Trabajo: En la mayoría de los casos, el concurso de acreedores permite mantener los puestos de trabajo y evitar despidos masivos.
  4. Evitar la Responsabilidad Penal: Si el proceso se maneja adecuadamente, la empresa puede evitar consecuencias legales graves y la posible responsabilidad penal de los directivos.

¿Por qué Elegir a Acountax para tu Concurso de Acreedores?

En Acountax, contamos con un equipo de abogados especializados en Derecho Concursal que tienen una sólida experiencia en la gestión de concursos de acreedores en Madrid. Nuestro objetivo es proporcionar un servicio integral y personalizado a cada cliente, asegurando que el proceso se maneje de manera eficiente y en el mejor interés del deudor y los acreedores.

Nuestros abogados se encargan de toda la tramitación del concurso, desde la solicitud hasta la fase de liquidación, si es necesario, y se aseguran de que el procedimiento se ajuste a la ley en todo momento. Además, trabajamos para ofrecer soluciones que permitan la continuidad de la actividad empresarial y la preservación de los activos.

Contáctanos Hoy para una Primera Consulta

Si te encuentras en una situación de insolvencia o estás considerando solicitar un concurso de acreedores en Madrid, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Solicita una primera consulta para conocer más sobre el proceso y recibir asesoramiento experto de nuestro equipo de abogados especialistas en concurso de acreedores.

¿Qué Preguntas Comunes Tienen los Clientes al Contratar Abogados para un Concurso de Acreedores?

Cuando una empresa o persona se enfrenta a una posible insolvencia, el concurso de acreedores puede ser la opción más viable para reestructurar sus deudas y salvar su actividad económica. Sin embargo, es común que los clientes tengan dudas sobre el proceso, especialmente sobre cómo elegir el despacho de abogados adecuado. A continuación, respondemos algunas de las preguntas más frecuentes que potenciales clientes podrían buscar en Google al contratar un abogado especializado en concurso de acreedores.

  1. ¿Cuánto cuesta contratar a un abogado para un concurso de acreedores?

El coste de contratar un abogado especializado en concurso de acreedores puede variar dependiendo de la complejidad del caso y de la cantidad de trabajo involucrado. En general, los abogados especializados en derecho concursal ofrecen tarifas basadas en la complejidad del proceso y la cantidad de deudas que la empresa o individuo esté tratando de gestionar. 

  1. ¿Qué diferencias hay entre un concurso de acreedores voluntario y uno necesario?

El concurso de acreedores puede ser voluntario o necesario, dependiendo de quién lo solicite. El concurso voluntario es aquel que solicita el deudor, persona física o jurídica, cuando reconoce su insolvencia o incapacidad de pagar sus deudas y busca llegar a un acuerdo con los acreedores para reorganizarlas. Por otro lado, el concurso necesario es iniciado por los acreedores, quienes solicitan el concurso si consideran que el deudor no puede cumplir regularmente con sus obligaciones de pago, debiendo acreditar ante el juez la existencia de la insolvencia o el impago. 

  1. ¿Qué sucede si no se llega a un acuerdo con los acreedores durante el concurso?

Una de las principales preocupaciones de los clientes es qué ocurrirá si no se llega a un acuerdo con los acreedores durante el proceso concursal. Si las negociaciones no avanzan y no se llega a un acuerdo en la fase de convenio, la empresa pasará a la fase de liquidación, en la que los bienes de la empresa se venden para satisfacer las deudas de los acreedores.

Aunque la fase de liquidación representa el fin de la actividad empresarial, un abogado experto en concurso de acreedores puede ayudar a gestionar esta transición de la forma menos perjudicial posible. En algunos casos, es posible realizar acuerdos de última hora o encontrar soluciones alternativas para reducir el impacto de la liquidación. Acountax tiene experiencia en la gestión de estos procesos complejos y trabaja con los clientes para encontrar las mejores opciones posibles, incluso cuando parece que no hay salida.

 

FAQs sobre el concurso de acreedores para abogados en Madrid

¿Cuándo debe iniciarse un concurso de acreedores?

El deudor (persona física o jurídica) está obligado a solicitar el concurso dentro de los 2 meses siguientes a que haya incurrido en insolvencia (incapacidad para pagar deudas de forma continuada). Si no lo hace, los acreedores o el Ministerio Fiscal pueden solicitarlo como «concurso necesario».

¿Qué diferencia hay entre concurso voluntario y necesario?

  • Concurso voluntario: Lo solicita el propio deudor.
  • Concurso necesario: Lo inician los acreedores, el Ministerio Fiscal o por conversión de un concurso voluntario fallido.

¿Qué efectos tiene para el deudor?

  • Personas jurídicas: Pueden perder el control de la gestión si se designa un administrador concursal.
  • Personas físicas: Pueden solicitar el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (eliminación de deudas no pagadas tras liquidar sus bienes, excepto algunas como pensiones alimenticias).

¿Qué derechos tienen los acreedores?

  • Clasificación de créditos: Los créditos se ordenan por prioridad (laborales, fiscales, comunes, subordinados).
  • Reclamación: Deben presentar su crédito ante el administrador concursal en el plazo establecido.

¿Qué documentación se necesita para iniciar un concurso?

  • Para el deudor:
    • Balance de situación patrimonial.
    • Lista de acreedores y deudas.
    • Propuesta de convenio (si es voluntario).
  • Para acreedores: Pruebas documentales del crédito (contratos, facturas, sentencias).

¿Qué pasa si el deudor no solicita el concurso a tiempo?

Los administradores de sociedades pueden ser responsables personalmente de las deudas si se demuestra negligencia, así como del déficit patrimonial consecuencia de la presentación tardía de la solicitud de concurso

¿Qué ocurre tras la liquidación?

  • Personas jurídicas: Se disuelve la sociedad si no hay activos.
  • Personas físicas: Pueden obtener exoneración de deudas, salvo excepciones.

¿Es posible reestructurar la deuda sin liquidar?

Sí, mediante un convenio de acreedores aprobado por mayoría. En Madrid, muchos casos se resuelven así, especialmente en pymes.

¿Qué juzgados en Madrid son competentes?

Los Juzgados de lo Mercantil de Madrid (calle García Gutiérrez, 1). Se recomienda asesorarse con abogados especializados en insolvencia.

¿Pueden los acreedores impugnar acuerdos del concurso?

Sí, mediante incidentes concursales si consideran que se vulneran sus derechos (ej. clasificación incorrecta de créditos).

¿Qué deudas sobreviven al concurso?

  • Créditos contra la masa: son deudas generadas tras la declaración del concurso. Reciben un tratamiento especial, la ley exige su pago prioritario respecto al resto de acreedores.
  • Quedan fuera de la Ley de Segunda Oportunidad: las obligaciones por responsabilidad civil extracontractual (indemnizaciones por muerte o daños personales) y las derivadas de accidentes laborales o enfermedades profesionales, las deudas por pensiones de alimentos, ciertos salarios, las deudas con garantía real, las multas penales o administrativas muy graves, y los gastos judiciales derivados del propio proceso para solicitar la exoneración.

¿Hay alternativas al concurso de acreedores?

Sí, como la negociación extrajudicial (acuerdo con acreedores sin concurso) o la mediación concursal.

 

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