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Reformas del nuevo reglamento de extranjería en España: adaptación a la realidad migratoria y laboral
El nuevo Reglamento de Extranjería, aprobado recientemente en España y con entrada en vigor el 20 de mayo de 2025, busca equilibrar la protección de los derechos de las personas migrantes con las necesidades del país, adaptando la normativa a la situación migratoria actual, la legislación europea y las demandas del mercado laboral. La Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha destacado esta modificación como la más integral y ambiciosa desde su entrada en vigor en 2011, respondiendo al aumento de los flujos migratorios y la diversidad de perfiles migrantes en España.
El reglamento introduce cambios en los derechos de los trabajadores migrantes, acceso a visados, autorizaciones de residencia, arraigo y reagrupación familiar, y promueve la digitalización para simplificar los trámites, permitiendo la realización en línea de muchas solicitudes y renovaciones con procesos más claros y estandarizados.
Una de las principales novedades del reglamento es la incorporación de una quinta modalidad de arraigo, denominada «arraigo de segunda oportunidad», que ofrece una nueva vía a aquellas personas que, habiendo sido titulares de una autorización de residencia, no hayan podido renovarla por razones ajenas al orden público, seguridad y salud pública, permitiéndoles regularizar su situación. Adicionalmente, se ha reducido el tiempo de permanencia en España exigido para la solicitud de arraigo, que pasa de tres años a dos, salvo en el caso del arraigo familiar, que no requiere una permanencia mínima.
El nuevo Título II del reglamento, dedicado a los visados, tiene como objetivo clarificar los requisitos, autorizaciones y trámites, haciendo el proceso más accesible y eliminando la necesidad de salir del país para gestionarlos. Así, se busca evitar las situaciones de irregularidad sobrevenida, en las que una persona queda en situación irregular mientras realiza el cambio de su estatus de residencia.
Las autorizaciones de residencia también se ven favorecidas, otorgándo inicialmente un permiso de un año (salvo en autorizaciones por razones familiares, que será de 5 años), seguida de una renovación de cuatro años. Esto ofrece una mayor estabilidad tanto a las personas migrantes como a las empresas que los contratan.
El nuevo sistema igualmente facilita el acceso al mercado laboral para los migrantes. En la mayoría de los casos, estas autorizaciones permiten trabajar desde el primer momento, sin necesidad de solicitar una autorización adicional para el trabajo por cuenta ajena. Además, se ha ampliado el visado de búsqueda de empleo, que pasa de tres meses a un año, permitiendo que las personas migrantes tengan más tiempo para encontrar un empleo acorde a su perfil profesional.
Otro cambio relevante es la regulación de la estancia por estudios, que asegura su duración acorde con la duración de la formación. Durante este periodo, permite a los estudiantes poder trabajar hasta 30 horas semanales. Además, se ha establecido una vía rápida para que, al finalizar sus estudios, puedan obtener una autorización de trabajo.
En cuanto a las actividades de temporada, se ha establecido una autorización específica de residencia y trabajo que facilita la contratación tanto individual como colectiva. Esta medida mejora las condiciones de habitabilidad, seguridad y derechos de los trabajadores, asegurando que reciban información clara y en un idioma que entiendan sobre sus condiciones laborales, de estancia y otros gastos. También facilita el cambio de empleador en casos de abuso o dificultades laborales, como el fallecimiento del empleador o una plaga en la cosecha.
Finalmente, en un enfoque más centrado en el ámbito personal y familiar, se amplía la reagrupación familiar, permitiendo la inclusión de hijos hasta los 26 años (en lugar de los 21 que se contemplaban hasta ahora) y de parejas no registradas que puedan acreditar una relación similar a la de pareja. Asimismo, se amplía la definición de «familiar reagrupado» e introduce medidas especiales para personas en situaciones de vulnerabilidad, incluyendo a los hijos y progenitores de víctimas de trata, violencia sexual o de género.
Durante el periodo transitorio entre la aprobación del reglamento en noviembre de 2024 y su entrada en vigor en mayo de 2025, las solicitudes presentadas se resolverán bajo la normativa anterior, salvo que expresamente se solicite ajustarse al nuevo reglamento, y siempre que se cumplan los requisitos correspondientes. En cuanto a las autorizaciones de residencia vigentes seguirán siendo válidas hasta su vencimiento, sin necesidad de cambios inmediatos.
Leire Fernández, Legal Trainee
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