Uno de los temas más relevantes discutidos en el III Foro de Reestructuraciones fue la necesidad urgente de mejorar la efectividad del sistema judicial en la aplicación de la nueva Ley Concursal, especialmente en provincias donde los recursos judiciales siguen siendo limitados. Este problema se agrava en un contexto post-pandemia, donde las insolvencias y dificultades financieras han aumentado, dejando a muchas empresas sin el apoyo legal necesario.
Gregorio Peña, presidente de Editorial Ecoprensa, inauguró la jornada subrayando que, aunque la nueva ley supone un avance importante, aún existen grandes desafíos. “La nueva Ley Concursal, que entró en vigor el 1 de septiembre, responde a una demanda de cambio solicitada durante décadas por expertos jurídicos y agentes económicos. Sin embargo, la insatisfacción con el sistema anterior se debía a los enormes costes y la complejidad de resolver judicialmente los conflictos derivados de la insolvencia”, afirmó Peña.
Un punto destacado fue la falta de jueces especializados, un problema recurrente en muchas provincias españolas. La concentración de estos jueces en las capitales de provincia limita el acceso a la justicia en áreas rurales, algo que podría empeorar con el crecimiento de las insolvencias derivadas de la desaceleración económica y el endurecimiento de las condiciones crediticias globales.
Peña destacó que «aún falta mucho para aclarar cuestiones esenciales sobre la insolvencia y la liquidez. Mantener empresas en pérdidas no tiene sentido, y la capacidad de reducir la incertidumbre es cada vez menor».
En cuanto a la reestructuración empresarial, afirmó que «debe verse como una unidad de cuidados intensivos para resolver problemas de insolvencia. Es fundamental que este enfoque cale en el tejido empresarial, ya que la reestructuración es un proceso clave para mejorar la eficiencia y competitividad de las empresas en un entorno en constante cambio».
Diego Comendador, presidente de la Asociación Profesional de Administradores Concursales, criticó la baja intervención oportuna de las empresas en los procedimientos concursales. A pesar de que España presume de tener pocos concursos de acreedores, Comendador señaló que esto no refleja una mayor solvencia empresarial, sino que las empresas llegan tarde a los procedimientos, con la Ley Concursal funcionando más como «un tanatorio» que como una herramienta de salvamento.
Comentó que «la Ley Concursal tiene luces y sombras, en especial en los libros primero y tercero. Una de las principales deficiencias es la falta de una figura sólida del administrador concursal. En muchos casos, el deudor es quien gestiona su propia insolvencia, lo cual es extremadamente difícil, ya que su capacidad de decisión está bloqueada por la situación de deuda».
Comendador también señaló que «aunque la Ley Concursal apuesta por una intervención judicial mínima y fomenta la negociación entre acreedores y deudores, los números no son alentadores. Se habla de unas 400 reestructuraciones realizadas en estos dos años, pero los jueces han cuantificado aproximadamente la mitad, unas 200″.
El caso de CELSA fue citado como un ejemplo de cómo la falta de anticipación puede llevar a la pérdida de propiedad empresarial. Los expertos coincidieron en que la clave para una reestructuración efectiva radica en actuar con antelación, sin esperar a la insolvencia inminente. No obstante, tanto el desconocimiento de la Ley Concursal como las dificultades para comunicar a los stakeholders una reestructuración siguen limitando la capacidad de las empresas para utilizar estas herramientas.
Los expertos coincidieron en que «la práctica concursal supone una desventaja para las pequeñas empresas, ya que carecen de los recursos y contactos necesarios para afrontar estos procedimientos. Solo las empresas con una facturación cercana a los 10 millones pueden recurrir a la reestructuración con éxito«.
Además, los participantes señalaron que la legislación actual plantea varios retos. Entre ellos, el concepto de «perímetro de afectación», que se refiere a los créditos que forman parte de la estructura de capital del deudor y que se verán afectados por el plan de reestructuración, carece de una clara definición en la directiva europea y en el texto refundido de la ley española. Esto dificulta el control judicial sobre dicho perímetro y complica el proceso de reestructuración.
Otro problema mencionado fue el «túnel del tiempo», en referencia a la prolongación de los procesos concursales, que compromete la viabilidad de las empresas afectadas. Los expertos también señalaron que la nueva legislación no incentiva lo suficiente la entrada de dinero nuevo (“dinero novo”), un recurso fundamental para reflotar empresas en crisis.
Para cerrar el debate, se propusieron varias mejoras, como incrementar el consenso sobre la interpretación y aplicación de la Ley Concursal, reducir la litigiosidad en los procesos de insolvencia y revisar los privilegios de los acreedores públicos, cuyos derechos preferentes deberían reevaluarse para evitar que obstaculicen los esfuerzos de reestructuración.
En conclusión, si bien la nueva legislación ofrece una «caja de herramientas» valiosa, aún queda mucho por hacer para lograr que sea efectiva en la mejora de la sostenibilidad y viabilidad empresarial. Con un tejido empresarial aún afectado por la deuda acumulada en las crisis recientes, es crucial que tanto las empresas como los jueces y administradores concursales puedan adaptarse rápidamente a los cambios que exige el entorno económico actual.